|
"Los menores de 14 años no pueden pertenecer a
redes sociales."
Con carácter general, los menores de 14 años requieren
de una autorización expresa de sus padres para aportar datos de carácter
personal en cualquier página web. Por tanto, nadie puede pedir ni publicar
datos de un menor de 14 sin consentimiento expreso.
Para publicar cualquier tipo de dato, información o
archivo (fotos, vídeos, etc.) de otras personas de cualquier edad, se requiere
el consentimiento expreso y escrito de las mismas. Este consentimiento puede
ser revocado en cualquier momento
La descarga libre y gratuita de contenidos que tengan
derechos de autor es ilegal. La norma en vigor persigue especialmente a las
páginas que ponen estos contenidos a disposición de otros usuarios y que buscan
obtener beneficio de ello.
Usurpar la identidad de otros es considerado delito.
Esto es relativamente habitual en las redes sociales cuando alguien crea un
perfil de otra persona usando fotografías y datos de la misma.
Colocar comentarios insultantes o amenazantes acerca
de otras personas es, evidentemente, ilegal. También lo es el acoso por
internet.
La Red, RRSS
y dispositivos móviles en el centro educativo
La política
de utilización de los dispositivos móviles debe ser consensuada por toda la
comunidad educativa:
El uso de
los diferentes dispositivos móviles como ordenadores portátiles, netbook,
tabletas o iPads estarán sujetos a las siguientes normas:
·
El profesor
tiene la facultad de permitir y regular el uso de dispositivos personales
en el aula y para aquellas tareas que considere sea necesario.
·
Los
diferentes dispositivos aprobados deben estar en modo silencioso en la clase a
menos que sea permitido por el profesor.
·
Los
dispositivos no pueden ser utilizadas para hacer trampa en las tareas,
exámenes, o pruebas o con fines no educativos
·
Los
estudiantes no pueden usar aparatos para grabar, transmitir, o enviar imágenes
fotográficas o de vídeo de una persona o personas en la escuela durante el
horario escolar o durante actividades escolares, a menos que sea permitido por
un profesor.
·
Dispositivos sólo podrán ser utilizados para
acceder a los archivos informáticos en los sitios de Internet que no tengan
interés educativo
El centro
educativo
·
Establecerá
unos filtros en la red de internet y estará prohibido todo intento de eludir
este filtro
·
Está
autorizado a recoger y examinar cualquier dispositivo que se sospecha de causar
problemas de la tecnología o fue la fuente de un ataque o infección por el
virus.
·
No se
responsabiliza de robo, pérdida o dispositivos dañados, incluyendo los datos
perdidos o dañados en esos dispositivos.
NORMAS DE
USO DE LOS DISPOSITIVOS MÓVILES EN EL CENTRO EDUCATIVO-PROTOCOLO DE BYOD.
·
El uso de
dispositivos móviles personales en el centro será permitido exclusivamente con
fines educativos.
·
El uso de
dispositivos móviles en el centro se hará siempre bajo la supervisión de un
profesor/a.
·
Cuando se
requiera el uso de dispositivos personales por parte del alumnado el profesor/a
responsable se asegurará de que todos los alumnos/as disponen de estos
recursos.
·
Cuando el
profesor/a autorice o requiera el uso de dispositivos móviles serán los propios
alumnos/as los responsables de su puesta a punto (batería, actualizaciones,
aplicaciones requeridas,…) así como de su custodia.
·
El uso de
las conexiones 3G o 4G están prohibidas (ya que exceden el control que desde el
centro podemos ejercer sobre los lugares visitados y aplicaciones utilizadas),
la conexión se realizará siempre a través de la Wifi del centro.
·
El equipo
directivo dinamizará la creación y utilización por parte del profesorado de
herramientas y aplicaciones digitales a las que el alumnado accederá mediante
el uso de sus propios dispositivos (en el centro y en casa).
Basado en :
INTEF Observatorio tecnológico del Ministerio De Educación
Ciencias y Deportes
Blogs de:
Juan José de Haro
Juan José de Haro
Garbiñe
No hay comentarios:
Publicar un comentario